Un juzgado anula la actualización del Concello de Vigo que fijaba los costes del suministro de agua a O Porriño
l Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha dado la razón al Concello de O Porriño y ha anulado el acuerdo aprobado por el Concello de Vigo en marzo de 2023, que actualizaba los importes que dicho municipio debía abonar por el uso y mantenimiento de las infraestructuras de captación y conducción de agua desde el embalse de Eiras.
La sentencia considera que, aunque Vigo está legitimado para exigir una aportación económica por el uso del canal que abastece de agua a O Porriño, el acuerdo carece de la necesaria transparencia, ya que no se aportó la documentación que justificase los gastos concretos incluidos en el cálculo.
El origen del conflicto
El litigio tiene su raíz en un acuerdo plenario de Vigo de 1998, en el que se estableció la contribución de O Porriño a los costes de explotación del canal de Eiras. Desde entonces, ambos ayuntamientos mantienen una disputa administrativa que ha derivado en numerosas sentencias.
En 2023, Vigo aprobó una actualización de las cantidades a pagar por metro cúbico de agua, con efectos desde el 1 de enero de ese año, y calculadas a partir de un informe económico municipal. O Porriño recurrió la medida.
Qué dice la sentencia
El juzgado rechaza los argumentos iniciales de O Porriño, que alegaba falta de competencia de Vigo para fijar unilateralmente los costes. La resolución recuerda que esta cuestión ya fue zanjada en múltiples fallos anteriores, que avalan la potestad de Vigo para determinar esos importes mientras no exista un acuerdo bilateral entre ambos municipios.
Sin embargo, el tribunal sí aprecia un defecto determinante: la falta de documentación que permita verificar los gastos incluidos en el informe económico.
Aunque Vigo desglosó de manera minuciosa los conceptos (personal, mantenimiento, energía, inversiones, etc.), no aportó facturas, justificantes o documentos que acreditasen la realidad de esos costes, lo que impedía al Concello de O Porriño contrastar o discutir las cifras.
La jueza concluye que la motivación existe, pero no está suficientemente justificada, lo que convierte el acto administrativo en anulable conforme al artículo 48 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
El fallo
La sentencia:
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estima el recurso del Concello de O Porriño,
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anula y revoca el acuerdo plenario de Vigo de 29 de marzo de 2023,
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descarta imponer costas dada la complejidad del caso.
Además, el juzgado anima a ambas administraciones a alcanzar un acuerdo estable y transparente que evite la sucesión de litigios generada en los últimos años. También recuerda que O Porriño mantiene con Vigo una deuda superior a 5,6 millones de euros, no discutida durante el proceso judicial.
Posible recurso
La resolución no es firme: Vigo dispone de 15 días para presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.